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SÁBADOS Y DOMINGOS
Las licencias cuyos ordinales terminen en número PAR permanecerán inactivas
obligatoriamente los sábados IMPARES, desde las 07:00 horas a las 20:00 horas, y los
domingos IMPARES desde las 07:00 horas hasta las 20:00 horas.
Las licencias cuyos ordinales terminen en número IMPAR permanecerán inactivas
obligatoriamente los sábados PARES, desde las 07:00 horas a las 20:00 horas y los domingos
PARES desde las 07:00 horas hasta las 20:00 horas.
RÉGIMEN ESPECIAL DE AGOSTO (VACACIONES)
• Las licencias cuyos ordinales terminen en número PAR permanecerán inactivas
obligatoriamente entre las 06:00 horas del día 1 agosto y las 06:00 horas del día 16 de
agosto.
Las licencias cuyos ordinales terminen en número IMPAR permanecerán inactivas
obligatoriamente entre las 06:00 horas del día 17 de agosto y las 06:00 horas del día 1 de
septiembre.
Durante el mes de agosto será de aplicación el descanso semanal en régimen ordinario de lunes
a viernes por número de licencia, no siendo aplicable el correspondiente a sábados y domingos
ni los festivos de lunes a viernes.
Se recuerda que los vehiculos eurotaxi (taxi adaptado para PMR) y los vehículos eléctricos
puros están exentos del régimen general de descanso conforme establecen respectivamente
el artículo 38 bis apartado 2 y artículo 38 quater apartado 2 de la Ordenanza Reguladora del
Taxi.
La duración del descanso en sábados, domingos y festivos se entenderá vigente durante el año
2025, salvo que entre en vigor una regulación distinta con la modificación de la Ordenanza
Reguladora del Taxi que está en tramitación.